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Esgos recalificó como urbanizables varias fincas rústicas de Baltar

Política Territorial obliga al gobierno local a mantener la calificación original

El Ayuntamiento de Esgos, que preside Manuel Blanco, cuñado de José Luis Baltar, aprobó en 2006 un planeamiento urbanístico que recalifica varias parcelas propiedad del presidente provincial del PP elevándolas de suelo rústico a urbanizable. La aprobación inicial del plan tuvo el único respaldo del grupo de gobierno (PP), en el que el hijo del presidente provincial, el parlamentario José Manuel Baltar Blanco, es teniente de alcalde. La Diputación de Ourense que preside el propio José Luis Baltar, beneficiario de la calificación, le dio también el visto bueno.

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Sin embargo, el planeamiento fue declarado inviable por la Dirección Xeral de Desenvolvemento Sostible, dependiente de Medio Ambiente, y ha sido rechazado por la Consellería de Política Territorial que considera injustificada "la clasificación de suelos urbanizables no delimitados de uso residencial" de algunas zonas, entre las que menciona las de As Vendas y Folgoso, en las que se enclavan las fincas del presidente provincial del PP.

El planeamiento rechazado por la Xunta era el primero del que se pretendía dotar el ayuntamiento de Esgos, que se rige hasta el momento por las normas complementarias subsidiarias provinciales de Ourense.

El informe de la consellería destaca la contradicción existente entre el volumen de población de Esgos, de 1.294 habitantes en 774 viviendas, "de las que 512 son principales", frente a la previsión que se realiza en el plan general de urbanismo. En este documento se incluye una estimación de edificabilidad para los próximos ocho años de 5.471 viviendas de nueva creación y se extienden, en consecuencia, los núcleos rurales. Basándose en lo desproporcionado del cálculo, el gabinete de la Xunta destaca que la clasificación de suelo urbanizable residencial "debe reducirse a la necesaria" para satisfacer las necesidades del crecimiento del núcleo urbano de Esgos.

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La consellería informa, además, de que, en el caso de que resultara "justificadamente necesario" el crecimiento de los núcleos rurales que se pretende convertir en urbanos, ello debería realizarse "mediante áreas de expansión que, de hecho, el plan prevé".

En cuanto a la clasificación del suelo, dice el informe de Política Territorial que se han calificado como urbanos terrenos que no disponen de los servicios adecuados y destaca que las áreas de expansión de diversos núcleos que se han incluido en el planeamiento no se ajustan a la ley y deben ser clasificados como terrenos de "suelo rústico de especial protección".

Advierte junto a ello de que el planeamiento debe justificar "la idoneidad de la localización de las zonas para el desarrollo urbanístico". Un hecho que, según los responsables de la consellería no se da, ya que la previsión que se hace de suelo urbanizable de uso residencial ocupa terrenos -como ocurre en el caso de los núcleos de Folgoso y As Vendas, donde están las fincas de José Luis Baltar- "con potencialidades de suelo rústico de protección agropecuaria".

"En cada uno de estos ámbitos", dice el informe de la consellería, "se reconocen valores agrícolas y forestales". La Dirección Xeral de Urbanismo sostiene que deben clasificarse como suelo rústico de protección de infraestructuras los terrenos afectados por la estructura de la carretera OU-536 en el área de expansión de los núcleos de As Vendas, O Pinto y Cachamuiña.

No son las únicas recomendaciones de la Xunta. También conmina al Ayuntamiento a que justifique la viabilidad de las actuaciones previstas con fondos municipales ya que "no se incorpora en la documentación" un estudio sobre la capacidad de endeudamiento del Ayuntamiento y el interventor "no incluye justificación" que acredite la capacidad de financiación municipal. Reclama, además, que se incluya "de forma completa y detallada" la estrategia para el desarrollo coherente del plan y para la ejecución de los sistemas generales que deban crearse para las áreas de suelo urbano no consolidado y de suelo urbanizable delimitado "en el caso de que existan".

El informe de la consellería sostiene que no están acreditadas "ni la necesidad de clasificar suelo urbanizable de uso industrial ni la adecuación de su emplazamiento".

El 18 de febrero pasado, siete días después de que la Dirección Xeral de Urbanismo firmara el mencionado documento rechazando el planeamiento e instando al ayuntamiento a que mantuviera la calificación de rústica de las fincas recalificadas como urbanizables, el alcalde de Esgos publicó en el DOG un edicto ordenando la exposición al público de la delimitación del núcleo rural de Folgoso. Con esa exposición pública, "una vez aprobado por el pleno de este Ayuntamiento", Manuel Blanco pretendía completar el trámite de la recalificación urbanística. Sin embargo, fuentes de la consellería sostienen que esa gestión carece de validez, ya que el planeamiento debe ser rehecho desde cero.

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