La Audiencia le da la razón al CONI en el caso Valverde
El organismo italiano podrá utilizar como prueba las bolsas de plasma halladas en 2008 que le vinculan con la 'Operación Puerto'
La actuación del Comité Olímpico Nacional Italiano (CONI) a la hora de obtener en 2008 las bolsas de plasma que vinculaban al ciclista Alejandro Valverde con la Operación Puerto fue legal. Así lo ha resuelto en un auto la Audiencia Provincial de Madrid en la que se estima el recurso del organismo italiano frente a la resolución del juez titular del Juzgado de Instrucción nº 31 de Madrid, Antonio Serrano. Esta resolución se suma a la del Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS), que en el mes de marzo daba también la razón al CONI .
Estas muestras las había conseguido el CONI a través de un oficio aprobado por la juez sustituta del Juzgado de Instrucción nº 31 de Madrid en diciembre de 2008. El magistrado titular de la Sala consideró que la forma de obtenerlas había sido fraudulenta y declaró la nulidad del proceso de petición de pruebas . Ahora es la Audiencia Provincial de Madrid la que le da la razón al CONI al considerar que se debe de "interpretar con amplitud" el derecho de tutela judicial efectiva y que el organismo italiano, "como organización que tiene por finalidad la dirección desarrollo, control, reglamentación [...] del ciclismo 'bajo todas sus formas' en el ámbito nacional en internacional", es "titular de un interés legítimo" para ser parte del procedimiento.
El CONI podrá utilizar como prueba contra Valverde la bolsa 18 con la inscripción Val-Piti encontrada en una lista de existencias de sangre que poseía Eufemiano Fuentes y que ha sido utilizada para vincular al ciclista murciano en la 'Operación Puerto' y sancionarle con dos años de inhabilitación para correr en Italia (hasta 2011), sanción que el CONI ha querido extender al resto del mundo.

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