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Detenidos desde el pasado 1 de mayo 128 conductores sin permiso

117 nunca habían obtenido el carné y los otros 11 contaban con una prohibición después de haber perdido los puntos.- Los infractores se enfrentan a penas de cárcel

Un total de 128 personas han sido detenidas en las carreteras españolas por conducir sin haberse sacado el carné de conducir o después de haberlo perdido desde que el pasado día 1 entró en vigor la reforma del Código Penal que considera delito esta conducta. Los datos facilitados por la DGT, que no incluyen el País Vasco y Cataluña, señalan que de los 128 detenidos entre los días 1 y 4 de mayo, 117 nunca habían obtenido el permiso de conducir y los otros 11 contaban con una prohibición judicial de hacerlo después de haber perdido el carné.

El ministro del Interior, Alfredo Pérez Rubalcaba, ha asegurado que el objetivo de la reforma, que castiga con penas de entre tres y seis meses prisión conducir sin tener carné, no es "llenar las cárceles, sino concienciar a los conductores", y ha añadido que si no se penalizan este tipo de conductas el carné por puntos "perdería eficacia".

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Por tipos de vehículo, 13 han sido sorprendidos conduciendo un ciclomotor sin haber obtenido la correspondiente licencia, siete conducían motocicletas y 108 turismos sin disponer de ningún permiso o teniéndolo suspendido por orden judicial.

Juicios rápidos

Los agentes de la Guardia Civil de Tráfico, en el momento en que detectan a un conductor que no dispone del oportuno permiso pueden comprobar, mediante acceso directo desde la misma carretera al registro central de conductores, si lo obtuvieron o si lo tienen retirado. En el caso de que comprueben que incurre en delito inmovilizan el vehículo y dan cita al conductor en el juzgado correspondiente para la celebración de juicio rápido.

La DGT ha lanzado una campaña informativa específica remitiendo una carta a los, aproximadamente, 25.000 conductores infractores a los que durante el año 2007 se les abrió expediente sancionador administrativo por conducir sin haber obtenido nunca el permiso de conducir necesario. La reforma del Código Penal que entró en vigor el pasado día 2 de diciembre pasado, establecía una moratoria hasta el 1 de mayo para este delito.

Con la aplicación desde el pasado jueves del párrafo segundo del artículo 384 del Código Penal, ha entrado en vigor el único precepto de la reforma penal en materia de seguridad vial que no estaba aún vivo. Conducir sin haber pasado por la autoescuela será castigado con entre tres y seis meses de prisión o con una multa de 12 a 24 meses y trabajos en beneficio de la comunidad de entre 31 y 90 días; las mismas penas a las que se enfrentan los que conduzcan aunque se les haya retirado cautelar o definitivamente el permiso por decisión judicial.

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