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El Tribunal de Estrasburgo ratifica la ilegalización de Batasuna

La Corte Europea de Derechos Humanos concluye que España no violó la libertad de reunión y asociación del grupo 'abertzale' y considera su disolución una "necesidad social imperiosa"

ANTONIO JIMÉNEZ BARCA - París - 30/06/2009

 
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La disolución de Batasuna por parte del Gobierno español no sólo fue legal, sino necesaria. Así lo considera El Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo (THDH), con sede en Estrasburgo (Francia). En una sentencia conocida hoy, este tribunal afirma que la disolución de la formación abertzale vino dada por una "necesidad social imperiosa". Es más, el tribunal añade que la prohibición de este partido político es "necesaria en una sociedad democrática", especialmente para el "mantenimiento de la seguridad, la defensa del orden y la protección y los derechos del otro".

Así, este tribunal rechaza el recurso de Batasuna, ratifica su disolución, dictada por una ley que entró en vigor en junio de 2002, y afirma que su prohibición no vulnera el artículo 11 de la Convención Europea de Derechos Humanos, relativo a la libertad de reunión y de asociación, tal y como argumentaba el grupo abertzale.

A este respecto, el tribunal recuerda que un partido político puede hacer campaña a favor de cambiar la legislación las estructuras legales o constitucionales con dos condiciones, "que los métodos empleados sean legales y democráticos" y que "los cambios propuestos sean compatibles con los principios democráticos fundamentales". El tribunal agrega: "Un partido político cuyos responsables incitan a recurrir a la violencia o que propongan un proyecto que no respete las reglas de la democracia no puede acogerse a la protección de la Convención Europea de Derechos Humanos".

El Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo añade después a este respecto: "El Tribunal Supremo [en su resolución de 2003, que refrendó la disolución] no se ha limitado a mencionar la ausencia de condena [de Batasuna] cuando se produce un atentado de ETA sino que ha presentado una lista de comportamientos que permiten llegar a la conclusión de que los partidos políticos [disueltos] eran instrumentos de la estrategia terrorista de ETA.

Un largo camino judicial

Antes de acudir a Estrasburgo, Batasuna había presentado un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, pero este órgano respaldó la decisión del Supremo de ilegalizar a este partido, a Herri Batasuna y a Euskal Herritarrok. Agotados todos los procedimientos en la justicia española, solo le quedó la vía de Estrasburgo, donde el 19 de julio de 2004 interpuso dos recursos contra su ilegalización y la de HB.

El tribunal de Estrasburgo declaró en diciembre de 2007 parcialmente admisibles las demandas presentadas por Batasuna y Herri Batasuna. En esas demandas Batasuna había invocado las presuntas violaciones de los artículos 10 (derecho a la libertad de expresión), 11 (derecho a la libertad de reunión y de asociación) y 13 (derecho a un recurso efectivo) del Convenio Europeo de Derechos Humanos. El tribunal aceptó estudiar el fondo del asunto en lo relativo a los artículos 10 y 11, si bien ha concluido que España no violó los derechos de asociación y reunión, y rechazó examinar el presunto incumplimiento del artículo 13 (derecho a un recurso efectivo).

En diciembre de 2004, España argumentó ante el TEDH que el partido disuelto "se identifica con la organización terrorista ETA" y complementa la actividad terrorista de la banda y por tanto la ilegalización de Batasuna no era un intento de cercenar la libertad de expresión del independentismo vasco. Según argumentó la Abogacía del Estado, era obligado impedir que Batasuna amplificara y justificara desde las instituciones "el efecto intimidatorio" que ETA ejercía sobre la sociedad.

El presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, ha expresado hoy su satisfacción por el fallo del Tribunal de Estrasburgo, que respalda la ilegalización de Batasuna. El ministro del Interior, Alfredo Pérez Rubalcaba, también se ha mostrado satisfecho y ha adelantado que habrá dos sentencias más, una referida a las elecciones municipales de 2003 y otra a las europeas de 2004. Según Rubalcaba, "una vez que Estrasburgo ha dado por buena la Ley de Partidos sí que podemos concluir que "en nuestro país no habrá en las instituciones democráticas partidos que defiendan la violencia nunca más".


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