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EDITORIAL

¿Cuántas listas?

04/05/2007

 
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La Fiscalía General y el Gobierno impugnaron ayer cerca de la mitad de las 256 candidaturas presentadas por ANV por considerar que son un intento de dar continuidad de manera fraudulenta a la ilegalizada Batasuna. El caso de ANV es más dudoso que el de las otras fórmulas empleadas por Batasuna para intentar burlar la ley. Es un partido legal, en cuyos estatutos se condena la violencia, pero hay indicios de que ha sido instrumentalizado por Batasuna de acuerdo con un diseño preestablecido. Esas dudas deberá resolverlas el Supremo, pero sólo podrá hacerlo en relación a las listas impugnadas. Ello permite preguntarse si el Gobierno no debería haber impugnado la totalidad de las listas de ANV. Más aún si se considera que Batasuna no sólo no ha condenado la violencia, sino que amenaza con "gravísimas consecuencias" -mensaje transparente- si se impide su presencia electoral.

La Ley de Partidos considera fraudulenta "la utilización" de un partido legal para dar continuidad a uno ilegal. La presencia de miembros de Batasuna en muchas de las listas de ANV indica que puede existir un plan de conjunto para conseguir ese objetivo. Es poco verosímil que un partido casi inexistente hace dos meses pueda presentar miles de candidatos si no es en connivencia con Batasuna. Y de esa connivencia hay indicios como los papeles intervenidos a un dirigente de Batasuna en Navarra sobre ese plan o el acuerdo suscrito por ambas formaciones en 2003 para hacer frente a los efectos de la ilegalización. Este indicio es comparable al que fue decisivo en 2005 para anular las candidaturas de Aukera Guztiak (AG): una grabación en la que un etarra encarcelado hablaba de un plan para burlar la ley mediante agrupaciones electorales como las de AG.

¿Tiene el conjunto de indicios suficiente entidad para plantear la impugnación en bloque de todas las candidaturas de ANV? El Gobierno y la Fiscalía General han considerado que no, optando por el análisis de cada una de ellas de acuerdo con el criterio del Tribunal Constitucional de que no basta la presencia ocasional de algún miembro de Batasuna para anular una lista. El fiscal general explicó que se habían impugnado aquéllas en que esa presencia fuera de más del 20%. Es un criterio que evita un posible rechazo por parte del Constitucional en caso de recurso. Y que establece un equilibrio entre el derecho individual al sufragio activo y pasivo y la restricción que establece la Ley de Partidos.

Hay quien opina que el Gobierno se ha quedado corto y, efectivamente, persiste la duda de si ese equilibrio no se hubiera garantizado mejor impugnando más listas de ANV o incluso la totalidad de ellas. Ésta quizás habría sido una opción más coherente, aunque el Gobierno parece haber sopesado cautelosamente los estrictos procedimientos legales y garantías de la legislación española, especialmente en materia tan delicada como la electoral, a la hora de decidir cuántas listas se impugnan.

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