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Reportaje:Primer plano

Las empresas dan la espalda a los puntos clave del Código Conthe

Las recomendaciones más polémicas tienen el menor grado de seguimiento

Cuando en el colegio el profesor pide a los alumnos que se corrijan ellos mismos los exámenes, la tentación de ponerse buena nota es muy alta. Las empresas cotizadas han cedido a esa tentación y se han puesto un notable alto, casi un sobresaliente, al evaluarse por primera vez sobre el cumplimiento del Código Unificado de Gobierno Corporativo. Pero esa nota elevada esconde no sólo alguna pequeña trampa, sino sobre todo, una gran diferencia entre el cumplimiento de unas recomendaciones y otras. En general, las empresas han dado la espalda a los puntos más conflictivos del Código, como la incorporación de independientes, la supresión de blindajes, la reducción del tamaño de los consejos, la transparencia de las retribuciones o la diversidad de género.

Bankinter, Indra, BBVA y Red Eléctrica se ponen las notas más altas
ACS, Unión Fenosa y Cintra son las que menos siguen el Código Unificado
Hay empresas que declaran cumplir recomendaciones que no siguen
Los expertos creen que el Código necesita tiempo para imponerse
En conjunto, las empresas dicen seguir el 88% de las recomendaciones
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El economista Aldo Olcese formó parte de la comisión que elaboró el código. Ante los primeros resultados se muestra optimista. "No es como para tirar cohetes, pero es un avance", explica. Asegura que ya esperaba que el primer año fuera algo frustrante, y cree que harán falta unos tres ejercicios para su cumplimiento mejore, especialmente en algunos puntos controvertidos.

Cándido Paz-Ares, socio de la firma de abogados Uría Menéndez, participó también en la elaboración del Código. Considera que lo esencial ahora no es fijarse en la nota final. "Lo importante es el cumplimiento de las recomendaciones más complejas. Habría que ponderar los resultados, porque no es lo mismo cumplir las premisas más básicas y obvias que los tres o cuatro pilares reales del Buen Gobierno".

Para Paz-Ares entre esos pilares está por ejemplo, la transparencia en las retribuciones o la presencia de independientes. Ambas están entre las menos cumplidas. Aun así el abogado es optimista y también prefiere ver "el vaso medio lleno". Considera que el hecho de que el 63% de las firmas sean transparentes en las retribuciones "es casi un milagro". Cinco años atrás, dice, era impensable.

El Código Unificado se conoce también como Código Conthe porque fue Manuel Conthe, el entonces presidente de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), quien presidió al grupo de trabajo que lo elaboró. Nació para actualizar las recomendaciones de códigos anteriores sobre buen gobierno de las empresas cotizadas y estuvo envuelto en polémica desde el principio. El 16 de septiembre de 2005 se creó el grupo de trabajo que debería llevarlo a cabo, formado por economistas, abogados, especialistas del sector privado y asesores con experiencia en organismos europeos.

Cuando se conoció el borrador, 27 empresas, la mayoría del Ibex, hicieron llegar un documento a la CNMV expresando sus quejas. Reprochaban al Código Conthe que se basaba en principios de desconfianza y en que había un "excesivo nivel de detalle" y un "tono imperativo" en las recomendaciones. Como consecuencia, algunos puntos quedaron edulcorados en el documento final.

El resultado que vio la luz fue un documento compuesto por 58 recomendaciones, algunas muy extensas. La primera frase del código definitivo, aprobado el 19 de mayo de 2006, muestra una de sus principales características: la "voluntariedad" a la hora de cumplirlo. Sin embargo, pese a que se basa en el principio "cumplir o explicar" (las empresas pueden ignorarlo y su única penalización es tener que explicar el porqué), muchos empresarios lo consideraron demasiado intervencionista.

En total, 32 de las 34 empresas integradas actualmente en el Ibex ya han remitido a la CNMV sus informes de gobierno corporativo. Faltan sólo Inditex (cuyo año fiscal acabó en enero) y Endesa. Y declaran cumplir el 88% de las recomendaciones aplicables.

Sólo una firma dice seguir el código completo: Bankinter. Las siguientes que más acatan los consejos son Indra, BBVA y Red Eléctrica. A la cola, ACS, Unión Fenosa y Cintra. La mayoría supera el ocho sobre diez, una nota alta. Sin embargo, si se analizan de cerca las respuestas surgen dos dudas. ¿Qué es lo que las empresas dejan de lado? Y, más importante, ¿cumplen o dicen que cumplen?

Lo cierto es que para sacar un notable alto, las empresas en general dan la espalda al puñado de puntos más escabrosos. Precisamente los apartados que más ampollas levantaron cuando se anunció el Código y los que exigen mayor esfuerzo de adaptación, como las ya citadas referentes a la independencia o el tamaño del Consejo. Lo curioso no es tanto que esas recomendaciones tengan un seguimiento más bajo que la media, sino que las que las siguen son las que ya las cumplían antes de promulgarse el nuevo Código. Abertis, ACS, Santander, Popular, Enagás, Mapfre, Gas Natural, Telefónica y Unión Fenosa han mantenido consejos más amplios, y sólo Iberdrola lo ha reducido hasta cumplir.

Lo mismo ocurre con el mínimo de independientes. ¿Quiénes tenían menos de un tercio en 2006? Abertis, Acerinox, ACS, Corporación Mapfre, FCC, Sacyr, Telecinco y Unión Fenosa. ¿Quiénes incumplen la recomendación ahora? Las mismas, con la única excepción de Mapfre.

En cuanto a la primera recomendación, que aconseja suprimir las limitaciones de derechos de voto, siguen incumpliéndola también las mismas empresas que tenían ese blindaje antes de aprobarse el Código (Acerinox, Popular, Sabadell, Iberdrola, Repsol y Telefónica). Eso sí, Acerinox lo suprimirá en la próxima junta.

Lo mismo pasa con otros puntos polémicos. Entre las recomendaciones menos seguidas están también la que pide dar más poderes a un independiente en el seno del consejo y la que aconseja establecer un límite de presencia en otros consejos.

La menos acatada es la que hace referencia a la comisión de nombramientos, que según el Código debe estar en su mayoría formada por independientes. Sólo cinco de cada diez ha decidido acatar la norma. Las empresas también se cuidan mucho de dar el mismo peso a los independientes en la Comisión Ejecutiva, el núcleo del poder de la empresa.

Los consejos más laxos, sencillos o genéricos los cumplen casi todas. Son por ejemplo, los que piden que el presidente sea un buen presidente, o que el Consejo vele por el interés social o que la empresa identifique si los consejeros son ejecutivos, dominicales (en representación de un accionista) o independientes.

Pero del dicho al hecho hay a veces todo un mundo de mentiras o inexactitudes. Y queda especialmente reflejado en la recomendación que hace referencia a la necesidad de que los Consejos practiquen y fomenten la diversidad de género, que se incumple de forma generalizada aunque 17 empresas declaran seguirla. Todas dicen que las retribuciones de los consejeros no son tan altas como para comprometer su independencia, pero, por ejemplo, Javier de Paz dejó su puesto como presidente de Mercasa para ser consejero de Telefónica y de dos de sus filiales. Y hay compañías que pagan sueldos más altos.

También hay una enorme disparidad de criterio sobre recomendaciones que algunas empresas dicen que cumplen y otras que no son aplicables. Por ejemplo, muchas empresas que no tienen salvedades en sus cuentas dicen cumplir la recomendación de tenerlas en cuenta al pagar la retribución variable. Y muchas en las que no ha habido cese de consejeros aseguran cumplir con la obligación de explicar las causas por carta. Es más, alguna reconoce luego expresamente que la dimisión se presentó verbalmente y pese a eso dice cumplir la recomendación. De hecho, si se hace caso a lo que dicen en el cuestionario, hay 23 empresas que declaran que sus consejeros han hecho constar en acta su preocupación sobre la marcha de la compañía y 22 que declaran que se han llevado al consejo propuestas contrarias al interés social las cuales han sido rechazadas en bloque. Parecen nuevos ejemplos de mala aplicación del Código. También se sigue de forma heterogénea la recomendación sobre conflictos de intereses entre sociedades cotizadas del mismo grupo. Banesto y Fenosa (controladas por Santander y ACS) no la consideran aplicable, mientras que Cintra e Iberdrola Renovables (filiales de Ferrovial e Iberdrola) sí lo hacen.

"Las sociedades cotizadas son libres de seguir o no las recomendaciones de buen gobierno, pero al informar sobre si las cumplen o no, deberán respetar el significado que este Código atribuye a los conceptos", especifica el documento. Es decir, no vale hacer interpretaciones propias para poder ponerse un aprobado. Pero el propio Código, y las instrucciones para cumplimentar el informe anual, contienen inconsistencias que dificultan su aplicación.

ACS es, según sus respuestas, la que peor cumple el código. Tal vez sea también la más sincera. Se queda con un cinco justito. A veces añade afirmaciones como que "la referida recomendación es innecesaria", o "entendemos que no es preciso articularlo".

En opinión de Manuel Conthe, es preferible esta actitud que "cumplir la letra de las recomendaciones y burlar su espíritu", como en su opinión están acostumbradas a hacer muchas empresas. "Si se cumple una recomendación, se debe hacer en serio".

Cuando las empresas reconocen no acatar la petición, tienen que rendir cuentas. Algunas explicaciones se reducen a unas palabras, otras empresas se deshacen en puntualizaciones durante folios. No sólo la extensión, sino que la calidad de las explicaciones varía mucho. Iberdrola justifica por qué mantiene un límite del 10% a los derechos de voto; otras simplemente dicen que existe el blindaje, pero no razonan por qué.

"Los puntos más problemáticos son aquellos que se prestan más a la interpretación. Aquellos que tienen un fuerte componente valorativo. Porque aquí se presta más a que las empresas jueguen con el punto de vista", comenta Paz-Ares.

Las empresas también han encontrado refugio en la casilla "cumple parcialmente". Por ejemplo, el punto 40 recomienda someter a la votación consultiva de la junta un informe sobre las retribuciones del consejo. Pues hay empresas que dicen que cumplen parcialmente la recomendación porque hacen el informe, pero no lo someten a votación.

"La cuestión de la calidad del reporte es consustancial a un modelo de recomendaciones como éste. Una vez que la CNMV haga sus informes imagino que se harán recomendaciones especiales para ir mejorando", comenta Olcese. Sin embargo, espera que el tiempo ponga las cosas en su sitio. "Lo bueno de este sistema es que es el mercado el que enjuicia, y ya se verá qué pasa con las que cumplan mal", sentencia. Para el abogado Paz-Areces, está claro lo que pasará. "Llegaremos progresivamente a un cumplimiento técnico, y después a uno comprometido. Es decir, las empresas primero cumplirán porque es lo que toca, porque no quieren quedarse fuera de la foto. Luego, porque verán que de verdad les reporta beneficio y ventajas competitivas. Al final los resultados se reflejarán en el valor de la acción".

Conthe cree que en España existe poca presión social sobre el gobierno corporativo, a diferencia de países anglosajones.

"Hay que tener en cuenta que las empresas españolas, las del Ibex por ejemplo, tienen una gran concentración de capital, y eso significa que hay grandes grupos de poder", razona Olcese. Para estos grandes grupos de poder, un código como el actual, de corte anglosajón y por tanto de mercados acostumbrados a menos acumulación de capital, es complicado de asumir. "Cuando lo elaboramos, sabíamos que el código era exigente y que imponía unos estándares muy altos, pero creímos que así debía ser", sentencia.

Las recomendaciones que menos se cumplen

- 1. Que no se establezcan limitaciones de voto a los accionistas.

- 9. Que el consejo tenga entre 5 y 15 miembros.

- 13. Que al menos un tercio de los consejeros sean independientes.

- 15. Que cuando el número de consejeras sea escaso o nulo la empresa explique los motivos y las iniciativas para corregirlo.

- 17. Que cuando el presidente sea el primer ejecutivo se otorguen ciertos poderes a un independiente.

- 26. Que se establezcan reglas sobre el número de consejos de los que puedan formar parte los consejeros.

- 29. Que los consejeros independientes no permanezcan como tales durante un periodo continuado superior a 12 años.

- 40. Que el consejo someta a votación de la junta con carácter consultivo un informe sobre la política de retribuciones de los consejeros.

- 41. Que la memoria detalle las retribuciones individuales de los consejeros durante el ejercicio.

- 42. Que cuando exista comisión delegada o ejecutiva, la estructura de participación de las diferentes categorías de consejeros sea similar a la del propio consejo.

- 43. Que el consejo tenga siempre conocimiento de los asuntos tratados y de las decisiones adoptadas por la comisión delegada y que todos los miembros del consejo reciban copia de las actas de las sesiones de la comisión delegada.

- 54. Que la mayoría de los miembros de la comisión de nombramientos (o de nombramientos y retribuciones, si fueran una sola) sean consejeros independientes.

Las recomendaciones que todos dicen cumplir

- 10. Que haya mayoría de consejeros dominicales e independientes y mínimo de ejecutivos.

- 11. Que se explique si hay algún consejero externo que no sea dominical ni independiente.

- 14. Que se explique el carácter de los consejeros.

- 21. Que si algún consejero lo pide consten en acta sus preocupaciones sobre la compañía.

- 23. Que los consejeros puedan pedir información adicional sobre los asuntos a tratar.

- 33. Que los consejeros se opongan cuando haya propuestas contrarias al interés social o a los accionistas no representados en el consejo.

- 37. Que la remuneración de los consejeros externos no comprometa su independencia.

- 38. Que las remuneraciones relacionadas con los resultados tomen en cuenta las eventuales salvedades.

- 45. Que el Comité de Auditoría supervise los códigos de conducta y las reglas de buen gobierno.

- 46. Que los miembros del Comité de Auditoría se elijan por sus conocimientos en la materia.

- 49. Que haya una política de control de riesgos adecuada.

- 53. Que el consejo procure que las cuentas no tengan salvedades y que, si las hay, se expliquen.

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