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La Ley de Costas de 1988 sigue sin aplicarse en 3.000 kilómetros de playa

La falta de deslinde impide sancionar la ocupación de terreno público en el 30% del litoral

La Ley de Costas de 1988 es clara: la costa, sea una playa o un acantilado, es propiedad pública. Allí no puede haber chalés ni edificios. Pese a que la ley daba un plazo de cinco años para delimitar la zona pública de costa, 17 años después el Gobierno ha deslindado un 70% del litoral, según el Ministerio de Medio Ambiente. En los 2.896 kilómetros restantes de costa, la falta de deslinde implica "que no se puede resolver un expediente sancionador por una ocupación indebida", según un informe del ministerio, que se ha propuesto completar el trámite antes de 2009.

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El deslinde es un complejo trámite en el que el ministerio delimita la franja de costa que es pública. No es sencillo porque la ley define el territorio de dominio público con conceptos geográficos, como "las playas o zonas de depósito de materiales sueltos, tales como arenas, gravas e incluyendo escarpes y guijarros, dunas" o "el límite hasta donde alcanzan las olas en los mayores temporales conocidos".

La zona pública también incluye "las márgenes de los ríos hasta el sitio donde se haga sensible el efecto de las mareas, las marismas, albuferas, marjales, esteros y, en general, los terrenos bajos que se inundan".

En estas áreas está prohibida cualquier construcción, salvo las imprescindibles, como un puerto o un faro. Tras la zona de dominio público viene una franja de 100 metros llamada zona de servidumbre, en la que en teoría sólo están permitidos los cultivos y las instalaciones deportivas. Esto es aplicable a aquellas zonas que en 1988, cuando se aprobó la ley, no estaban construidas o calificadas como urbanizables.

El subdirector general de Dominio Público Marítimo-Terrestre del Ministerio de Medio Ambiente, Ángel Muñoz, explica que el objetivo es que a largo plazo haya una primera línea de costa libre (toda la anterior al paseo marítimo o a la carretera), seguida de una zona deportiva o de cultivos para ir aumentando la altura de las construcciones al alejarse de la playa.

Para fijar estas zonas, el ministerio tiene que hacer un estudio sobre el terreno, con fotografías aéreas, con informes del Ayuntamiento y la comunidad autónoma y alegaciones de los vecinos. "En cada trámite de deslinde hay muchísimas alegaciones porque es un terreno de mucho valor y a veces afecta a mucha gente que cree que tiene un terreno en una zona que en realidad es pública", explica Muñoz. Últimamente, los deslindes acaban con frecuencia en la Audiencia Nacional y los vecinos aportan "estudios técnicos cada vez más complejos con los que cuestionar la bondad de los deslindes aprobados", según el informe que el ministerio llevó la semana pasada a la reunión de todos los consejeros de Medio Ambiente.

El deslinde es esencial, porque de lo contrario no puede haber sanción a quien construye en el dominio público. "Diversa jurisprudencia viene entendiendo que no se puede resolver un expediente sancionador por una ocupación indebida de un bien de dominio público marítimo terrestre si previamente no está aprobado el deslinde", señala el informe. "Para decir que la edificación no puede estar en una zona de la costa necesitamos el deslinde. Los jueces no admiten una sanción sin él", concluye Muñoz.

El abogado experto en deslindes José Ortega resalta que sin el trámite no puede haber sanción: "El término dominio público marítimo-terrestre aparece por primera vez en 1988. Si después de la ley no se ha delimitado el terreno, la justicia entiende que no puede haber sanción". Los deslindes anteriores, realizados con mojones en los años sesenta, no sirven ante los jueces. Una vez realizado el deslinde, si una casa se encuentra en zona pública, lo más frecuente es que el ministerio dé 30 años de licencia de ocupación. A partir de esa fecha se derriba la obra. Otras veces las obras son claramente ilegales y se derriban antes. Entre agosto de 2004 y 2005 se derribaron 56 casas en esta situación y se abrieron 1.880 expedientes sancionadores.

El Instituto Nacional de Estadística contabiliza 7.876 kilómetros de costa, pero la zona sobre la que la Dirección General de Costas tiene competencias es de 10.000 kilómetros, porque incluye los terrenos hasta los que sube la marea, como las rías.

El ministerio afirma que el ritmo de deslinde se ha acelerado y que en 2005 se ha delimitado un 11% más que el año anterior. Entre enero y octubre de 2005 se aprobaron 400 kilómetros de deslinde con una inversión de 3,3 millones, según el ministerio, que ha preparado un calendario para delimitar el dominio público marítimo antes del fin de legislatura. Para cumplirlo hay que acelerar el ritmo hasta los 1.900 kilómetros en 2007. En 2005, el ministerio prevé deslindar unos 500 kilómetros.

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