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Análisis:ANÁLISIS | La investigación del 'caso Couso'
Análisis
Exposición didáctica de ideas, conjeturas o hipótesis, a partir de unos hechos de actualidad comprobados —no necesariamente del día— que se reflejan en el propio texto. Excluye los juicios de valor y se aproxima más al género de opinión, pero se diferencia de él en que no juzga ni pronostica, sino que sólo formula hipótesis, ofrece explicaciones argumentadas y pone en relación datos dispersos

¡Antes se helará el infierno!

EE UU rechaza colaborar en los procesos por crímenes de sus soldados

¿Saben en qué se parecen la princesa caprichosa del cuento y el matón de la clase? En que los dos creen tener derechos sobre los demás; quieren ser el centro de atención y hacen lo que les viene en gana. Estados Unidos lleva una larga temporada comportándose como una princesa ofendida. Invade países: Panamá, Granada, Afganistán o Irak y hace todo lo posible para evitar el escrutinio de su actuación por las Naciones Unidas o el control y castigo de los abusos que sus soldados y los agentes de la CIA y otros servicios cometen. No sólo se ha negado a firmar el Estatuto de Roma, por el que en 1998 se creó la Corte Penal Internacional (CPI) -igual que Rusia, China, Israel, India, Irak, Chile y Cuba- que persigue los crímenes de guerra, los de lesa humanidad y los genocidios, sino que, además, en 2002, el Congreso estadounidense aprobó la American Servicemembers Protection Act (Ley para la Protección del Personal de los Servicios Exteriores Norteamericanos, conocida como ASPA, por sus siglas en inglés) con el evidente propósito de buscar la impunidad para su personal. Esa ley prohíbe al Gobierno y a todos los organismos federales, estatales y locales estadounidenses, incluidos los jueces y tribunales encargados de hacer cumplir las leyes, la asistencia a la Corte y que ésta pueda realizar investigaciones en Estados Unidos.

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El ámbito de protección para sus propios ciudadanos es tan amplio que la ASPA no permite la extradición de estadounidenses a la CPI y llega a autorizar al presidente de Estados Unidos para que utilice "todos los medios necesarios y adecuados para lograr la liberación de cualquier

detenido o encarcelado, en nombre de, o a solicitud de la Corte Penal Internacional".

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Ese es el marco en el que se mueve el caso Couso, que investiga en España la muerte del cámara de Tele 5 José Couso por el disparo de un tanque norteamericano cuando cubría la toma de Bagdad. Los hechos parecen claros: el 8 de abril de 2003, un tanque Abrams M1 del 64º Regimiento Blindado del Ejército estadounidense disparó un proyectil contra el Hotel Palestina, en el que se alojaba la prensa internacional, y mató a José Couso y al reportero de Reuters Taras Protsyuk. El sargento Thomas Gibson fue quien realizó el disparo desde el tanque; el capitán Philip Wolford mandaba la unidad de blindados, y el teniente coronel Philip de Camp, el Regimiento. Wolford autorizó el disparo tras consultar con De Camp. Y la justicia española quería que explicasen su versión de lo ocurrido, porque al parecer actuaron en la creencia de que había un francotirador.

Hasta cuatro jueces españoles lo intentaron. Recabaron la ayuda de la Administración norteamericana, obligada por el Tratado de Asistencia Jurídica Mutua en Materia Penal, firmado en 1990, pero los Departamentos de Estado, Defensa y Justicia de Estados Unidos se han negado reiteradamente a proporcionar el auxilio judicial requerido por España. El caso es que el 6 de noviembre de 2004, el Pentágono dictaminó que no hubo "falta ni negligencia" de los soldados americanos, que dieron una respuesta justificada y proporcionada, acorde con las reglas de la guerra. Conclusión: que su actuación fue adecuada, por lo que de declarar ante el juez español, nada de nada.

Un año después, el juez Santiago Pedraz acordó la busca y captura internacional a efectos de extradición de los tres militares de Estados Unidos "a la vista de la nula cooperación judicial prestada por las autoridades estadounidenses para el esclarecimiento de los hechos, a pesar del vínculo de cooperación mutua entre España y aquel país".

El caso ha pasado por numerosas peripecias jurídicas, incluida la errática postura de la fiscalía española en el caso, que darían para escribir varios libros, pero la semana pasada la Audiencia Nacional, por dos votos contra uno, revocó el procesamiento de los tres militares norteamericanos, sin que éstos ni siquiera hayan declarado en el proceso. Los magistrados Ángel Hurtado y Fermín Echarri, con candor angelical, afirmaban que el juez instructor sólo tiene en cuenta los datos que perjudican a los acusados y que creer que el ataque contra el Hotel Palestina tenía como objetivo amedrentar a la prensa, aunque ese día también hubieran disparado contra las sedes de las televisiones Al Yazira y Abu Dhabi, "es de una vileza y bajeza moral, que resulta difícil de asumir". Para ellos, esos ataques quizá fueran "producto de la coincidencia".

Quizá estos magistrados, desbordantes de confianza en el amigo americano, sólo conectan la televisión para ver reportajes de naturaleza de la BBC, como alegó un célebre fiscal en una comparecencia parlamentaria, y no han oído hablar de los excesos de la cárcel de Abu Ghraib o del limbo jurídico de Guantánamo.

El caso es que el juez instructor señalaba en el auto de procesamiento que el informe elaborado por el Mando Central norteamericano -la única colaboración recibida- no podía servir para exculpar a los autores de los disparos porque es una sucesión de datos y conclusiones, sin que se diga cómo se obtienen y que aunque se han pedido aclaraciones, los estadounidenses no han contestado.

Por el contrario, los dos magistrados que formaban la mayoría del tribunal, dan gran valor al citado documento, puesto que llegan a afirmar que porque el informe norteamericano sea incompleto "no permite que se llegue a equiparar a parcial, y mucho menos, a falso". No es extraño, si tenemos en cuenta que según explican en su resolución: "al genérico principio de mutua cooperación basada en la confianza y buena fe que deben regir las relaciones entre Estados, se añade por parte del Departamento de Justicia un específico compromiso de llevar a juicio cualquier abuso cometido por las Fuerzas Armadas, del que no hay razón para dudar".

Y sin embargo, todos los testigos, cuatro de ellos periodistas españoles, aseguran que nunca hubo un francotirador en el Hotel Palestina. Por tanto, como sostiene el juez Santiago Pedraz, el ataque americano contra población civil no puede considerarse ni autodefensa ni una respuesta proporcionada, al no existir ataque previo ni riesgo conocido para las tropas americanas. De modo que, aunque con palos en las ruedas del proceso, el juez continuará su investigación en busca de la verdad y de la justicia para Couso.

Cabría preguntarse si no son los jueces Hurtado y Echarri los que tienen razón al no dudar de la buena fe de la Administración estadounidense, pero entonces, deberían explicar por qué un funcionario del Departamento de Estado norteamericano cuando le preguntaron por la posibilidad de que los militares que dispararon contra Couso declararan en España, respondió: "¡Antes se helará el infierno!".

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