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Editorial:
Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

Descongelación

La Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional ha anulado, mediante una sentencia no recurrible, la congelación salarial de los funcionarios durante el año 1997. Ésta fue una de las decisiones que el entonces recién estrenado Gobierno de Aznar adoptó con carácter imperativo para cumplir el objetivo de reducir el déficit al 3%, una de las condiciones fijadas para acceder al euro. Con este argumento se desentendió del compromiso adquirido por el último Gobierno socialista de subir los sueldos de los funcionarios según el IPC previsto. La Audiencia considera que el Gobierno violó un pacto y declara ilegal la congelación, recurrida ante los tribunales por la Federación de Enseñanza de CC OO. La sentencia afecta a todos los funcionarios de la Administración central y a cuantos pudieron verse afectados por esta decisión, lo que la hace extensible a todas las administraciones: unos 2,2 millones de empleados públicos.

Más información
La Audiencia anula la congelación salarial a los funcionarios que el PP impuso en 1997

El tribunal declara el derecho de los funcionarios a percibir el incremento de retribución equivalente al del IPC previsto en los Presupuestos de 1997 -según el acuerdo alcanzado en la negociación colectiva-, más las cantidades dejadas de cobrar en los años siguientes como consecuencia de la no aplicación de ese incremento. Ello supondrá, según algunos cálculos adelantados ayer, más de medio billón de pesetas, que ponen muy cuesta arriba el objetivo de déficit cero.

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La congelación salarial planteó serias divergencias con algunas comunidades autónomas que buscaron vías para esquivarla. El Gobierno llegó incluso a plantear un recurso ante el Constitucional contra esos intentos. La Audiencia rechaza el planteamiento de que la negociación colectiva salarial de los funcionarios está condicionada exclusivamente por los Presupuestos Generales, que son competencia del Parlamento. La mayoría del tribunal sostiene, frente al voto particular de un magistrado, que tanto el Gobierno, en la elaboración de los Presupuestos, como el Parlamento, en su aprobación, están vinculados por los compromisos previos adquiridos por la Administración, que no pueden ser ignorados por un cambio de mayoría.

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