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LA PRECAMPAÑA ELECTORAL VASCA

El Supremo anula la 'lista blanca' de Batasuna

La Sala Especial estimó anoche, por unanimidad, los recursos del fiscal y del abogado del Estado

La Sala Especial del Tribunal Supremo anuló anoche la candidatura de Aukera Guztiak (AG) a las elecciones vascas del 17 de abril por entender que la denominada lista blanca de Batasuna es "continuadora" de esta formación política y sigue la estrategia de ETA. La sentencia fue acordada por unanimidad de los 16 magistrados de la Sala Especial, que previamente acumularon los dos recursos contencioso-electorales interpuestos por la Abogacía del Estado, en representación del Gobierno, y por el Ministerio Fiscal.

El alto tribunal declaró "no conformes a Derecho" los actos de proclamación de las citadas candidaturas" y anuló la lista de Aukera Guztiak en aplicación del artículo 44.4 de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General, que extiende a las agrupaciones de electores la imposibilidad legal de concurrir a las elecciones cuando, "de hecho, vengan a continuar o suceder la actividad de un partido político declarado judicialmente ilegal y disuelto, o suspendido", en referencia a Batasuna.

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Las deliberaciones se prolongaron hasta primeras horas de la noche en aras de buscar la unanimidad de la sentencia. Previamente, la Sala había accedido a la petición del abogado del Estado de suspender con carácter cautelar la entrega del censo electoral a AG.

La sentencia del Supremo, de la que ha sido ponente el magistrado Román García Varela, analiza minuciosamente todas las pruebas aportadas por los demandantes y subraya que ninguno de los miembros de la candidatura anulada ha rechazado "el uso del terrorismo como forma de opción política".

"Ante la extraordinaria gravedad de los daños que el terrorismo y sus defensores producen a la sociedad en muertes y dolor", proclama la Sala, "hay que aceptar como razonable, proporcional y adecuada la exigencia de que las organizaciones y agrupaciones que pretenden participar en las instituciones públicas realicen un rechazo inequívoco y concreto del terror".

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Superar el control judicial

El alto tribunal analiza minuciosamente los indicios de prueba aportados por las dos instituciones, comenzando por "los propios boletines de ETA", que "reflejan de manera inequívoca su preocupación por estar presente en los procesos electorales".

La comunicación en la cárcel entre la dirigente de Batasuna Elisabet Zubiaga y el preso etarra Jorge García Sertucha -la cinta ha sido escuchada por la Sala Especial- "muestra bien a las claras el diseño de la estrategia de una doble lista para las elecciones autonómicas como intento de superar el control judicial que en las anteriores convocatorias electorales posteriores a la ilegalización no fue posible franquear", añade la sentencia.

Otra de las pruebas analizadas, la negativa a condenar el terrorismo por parte de la cabeza de lista por Vizcaya, Marije Rodríguez de Lera, en una entrevista en EL PAÍS el 20 de marzo, conduce al alto tribunal a significar que la actitud de los candidatos de AG "coincide con la mantenida tradicionalmente con los partidos ilegalizados, en acatamiento de las órdenes concretas cursadas por la organización ETA, cuyos dirigentes se han negado sistemáticamente a condenar el terrorismo, conceptuándolo como expresión de un conflicto político que se vive en el País Vasco".

Tras analizar la prueba, la Sala Especial infiere de los indicios aportados que Batasuna ha seguido la misma "táctica de desdoblamiento" de ocasiones anteriores, diseñando una oferta clara y concreta, pero "concurriendo bajo otras siglas aparentemente limpias".

Estos esfuerzos desarrollados para la formación de listas de personas limpias "naturalmente han dificultado el hallazgo de vínculos entre el entramado Batasuna y los candidatos de la agrupación electoral cuestionada, pero no han impedido detectar algunas de tales vinculaciones".

Sin embargo, de la quincena de candidatos de AG presuntamente contaminados que habían contabilizado el fiscal y el abogado del Estado, la Sala Especial sólo aprecia relación con Batasuna en María Luisa Zufiaurre Astigarra y Marta Ulacia Basterrechea, candidatas 17 y 25 por Vizcaya, respectivamente.

En este punto, la Sala reprocha a las entidades impugnantes haber atribuido "relevancia probatoria" a otros candidatos a los que relaciona de manera "indirecta, vaga y confusa", mediante vínculos que pretenden establecerse "a partir de relaciones sentimentales, muestras de solidaridad con fundaciones cuya naturaleza y finalidad no queda acreditada, asistencia a manifestaciones sin otros datos que revelen su ilicitud y otras relaciones en absoluto acreditadas".

"Tal pretensión supone", prosigue la sentencia, " dar una interpretación claramente extensiva al concepto de sucesión [de partidos ilegalizados] que esta Sala no puede aceptar, pues supondría la privación injustificada del derecho de sufragio pasivo de quienes hubieran tenido cualquier tipo de relación en el pasado con un partido político ilegalizado".

No obstante, otorga valor al cruce de datos sobre los avalistas de las candidaturas que pertenecían al entorno de los partidos ilegalizados, en cuanto revela que aquellas "sean nuevas depositarias de la asignación funcional de tareas de la banda terrorista ETA". Además, la existencia de 44 avalistas de la Mesa Nacional de Batasuna que han apoyado AG "corrobora la estrategia defraudadora". El Tribunal Constitucional dispone ahora de un plazo hasta las cero horas del 1 de abril, fecha de arranque de la campaña electoral vasca, para pronunciarse sobre el eventual recurso de amparo que interponga Aukera Guztiak. Ésta tiene a su vez un plazo de dos días para presentar su recurso.

Los magistrados de la Sala Especial se dirigen al Tribunal Supremo para continuar las deliberaciones.
Los magistrados de la Sala Especial se dirigen al Tribunal Supremo para continuar las deliberaciones.RICARDO GUTIÉRREZ

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