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El Arzobispado de Valladolid dice ahora que entregará su contabilidad sobre Gescartera

La Audiencia no 'tolerará ninguna burla' y advierte de que la obstrucción a la Justicia es delito

El Arzobispado de Valladolid se desdijo ayer del recurso presentado ante la Audiencia Nacional para negarse a entregar a la juez Teresa Palacios, que instruye el caso Gescartera, su contabilidad de los años 2000 y 2001 amparándose en el Concordato entre España y la Santa Sede de 1979. Ayer dijo que está dispuesto a dar esa documentación, pues 'no tiene inconveniente en no acogerse al Concordato si la juez lo estima conveniente'. La negativa del arzobispado creó un gran malestar en la Audiencia, donde recuerdan que la obstrucción a la justicia es delito. Ese juzgado, según fuentes cercanas al mismo, 'no tolerará ninguna burla o afrenta'. La juez y el fiscal decidirán hoy qué hacer sobre la negativa del arzobispado.

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El abogado del Arzobispado de Valladolid, Jesús Gómez-Escolar, reiteró ayer su convicción de que el Concordato ampara a su cliente y, por tanto, no tiene por qué entregar la documentación que le reclama la juez que investiga el escándalo de Gescartera. Sin embargo, el arzobispado estaría dispuesto a entregar su contabilidad si la juez desestima el recurso de reforma con el que se ha negado a cumplir el requerimiento judicial. La aportación de esa documentación, según dijo a Efe el abogado del arzobispado, se haría por su voluntad de colaboración, ya que 'no tendría por qué hacerlo puesto que los acuerdos de 1979 de España con la Santa Sede amparan la inviolabilidad de la documentación de la Iglesia'.

La Asociación Profesional de la Magistratura (APM), mayoritaria y conservadora, respalda esta opinión. Su portavoz dijo que la inviolabilidad de los documentos de la Iglesia, en principio, es 'absoluta' por la aplicación del artículo 1.6 del Concordato. 'Es lo mismo que cuando hay un crimen cometido por un diplomático, no puede ser juzgado en el lugar en el que se cometió el crimen'.

El juzgado número 3 de la Audiencia Nacional, que instruye Gescartera, discrepa radicalmente de esta opinión. El teniente fiscal Anticorrupción Luis López Sanz y dos acusaciones particulares han impugnado el recurso de reforma presentado por el arzobispado. La juez Teresa Palacios resolverá hoy ese recurso tras reunirse con el fiscal y los peritos para evaluar la marcha de las investigaciones y estudiar nuevas acciones a emprender. Desde la fiscalía se argumenta que aunque el arzobispado no está imputado sí está obligado, como testigo, a colaborar con la investigación judicial y que se le ha pedido su contabilidad de los años 2000 y 2001 para averiguar cuáles fueron entonces sus inversiones en Gescartera.

No invirtió en 2000

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El arzobispado esgrime que no invirtió nada en el año 2000 y sólo 25 millones de pesetas en 2001, que, además, ha perdido. El problema es que en 1999 el ecónomo del arzobispado, Enrique Peralta, también decía que sólo había colocado 30 millones de pesetas y después recuperó 1.100 millones (6,6 millones de euros). Peralta argumentó primero que ese dinero procedía de la venta de letras del Tesoro y luego recordó que lo obtuvo de la venta de alguna herencia. Además, el ecónomo Peralta ha sido condenado por hacer mal uso de una herencia.

La contabilidad del arzobispado de los años 2000 y 2001 fue reclamada inicialmente por la acusación particular que representa a los hermanos Rico, que perdieron en Gescartera cerca de 800 millones de pesetas. En su recurso de impugnación a la negativa del arzobispado, el letrado de estos damnificados subraya que sólo 'se trata de saber si un inversor importante de Gescartera hizo lo que dijo que hizo, y para ello hay que comprobar su contabilidad'. Este abogado recuerda la escasa colaboración del ecónomo Peralta con la investigación de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) en los primeros meses de 1999.

Fuentes cercanas al juzgado subrayan que el Concordato no puede amparar 'espacios de impunidad' para nadie; recuerdan que si el arzobispado persiste en su negativa podría incurrir en un delito de obstrucción a la justicia, y advierten de que la juez podría incluso ordenar la entrada y registro en su sede para obtener los documentos exigidos.

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