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Chaves recurre el 'decretazo' ante el Tribunal Constitucional

La Junta sostiene que no existía la urgencia alegada por el Gobierno al aprobar la norma

La Junta de Andalucía decidió ayer recurrir ante el Tribunal Constitucional la reforma de las prestaciones por desempleo, una opción que barajaba desde hacía semanas el presidente autonómico, el socialista Manuel Chaves. El recurso, que ultima el gabinete jurídico del Ejecutivo andaluz, se añade al anunciado por el Grupo Parlamentario Socialista contra el decretazo, que también será firmado por los diputados de IU. Pero, a diferencia del recurso del PSOE, las principales objeciones de la Junta a la constitucionalidad del texto se centran en la eliminación de los salarios de tramitación.

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El presidente de la Junta andaluza se ha significado por su oposición al decreto que aprobó a finales de mayo el Gobierno central para reformar las prestaciones por desempleo, una medida que ha generado una fuerte contestación social en Andalucía al incluir la eliminación progresiva del subsidio agrario que cobran unos 200.000 jornaleros. Tras constatar el amplio seguimiento de las protestas sindicales en la comunidad, incluida la huelga general del 20 de junio, Chaves anunció que haría 'todo lo posible' por evitar la aplicación de la reforma, lo que incluía la posibilidad de recurrir al Tribunal Constitucional.

El portavoz del Ejecutivo andaluz, Enrique Cervera, confirmó ayer que el Consejo de Gobierno de la Junta había decidido abrir la vía jurídica contra el decretazo, una opción que hasta ahora sólo había anunciado el Grupo Parlamentario Socialista en el Congreso de los Diputados, con el respaldo de IU. Cervera indicó que el gabinete jurídico autonómico ya tiene muy adelantada la redacción del recurso, por lo que consideró probable que se presente ante el Constitucional a finales de este mes.

La Junta ya encargó a un equipo de catedráticos especializados en Derecho del Trabajo un primer dictamen sobre la constitucionalidad de la reforma, en el que se consideraba que su tramitación a través de un decreto no estaba justificada, por no existir razones de 'urgente necesidad'. También se consideraba que podía existir una invasión de competencias autonómicas en legislación laboral. El portavoz andaluz confirmó ayer que el recurso de la Junta incluirá su objeción 'formal' al uso del decreto -como también hará el Grupo Parlamentario Socia-lista-, pero explicó que el gabinete jurídico aún no había decidido si esgrimirá la vulneración de competencias autonómicas en su escrito.

Según explicó Cervera, el peso de la argumentación jurídica de la Junta para demostrar la inconstitucionalidad del decretazo se centrará en los salarios de tramitación. El portavoz andaluz indicó que la modificación del Estatuto de los Trabajadores que incluye el decreto para excluir del Fondo de Garantía Salarial el pago de los salarios de tramitación puede ser inconstitucional al 'no adecuarse a los fines para los que se adopta [el decreto]': facilitar oportunidades de empleo, mejorar el mercado de trabajo o corregir disfunciones en las prestaciones.

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Este fondo era el encargado de pagar la indemnización complementaria por salarios de tramitación que incluían las resoluciones judiciales de despido improcedente o nulo. Hasta el decretazo, la empresa estaba obligada a pagar 60 días de salario al trabajador despedido en esos casos, mientras que el Estado debía hacerse cargo del resto del tiempo que había discurrido desde el despido hasta la sentencia.

Ahora el trabajador sólo tiene derecho a cobrar la prestación por desempleo desde el despido, a no ser que el empresario decida readmitirle tras una sentencia por despido improcedente. Un aspecto que el gabinete jurídico de la Junta también entiende conflictivo. 'El cobro del salario de tramitación queda al albur de la decisión de los empresarios en caso de despido improcedente, lo que representa una vulneración del principio constitucional de igualdad ante la ley', aseguró Cervera.

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