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El Supremo confirma la aplicación de la 'doctrina Parot' al 'violador del ascensor'

Pedro Luis Gallego permanecerá en la cárcel hasta 2022 hasta cumplir el máximo de 30 años previsto por la Constitución

El Tribunal Supremo ha confirmado hoy la decisión de la Audiencia Provincial de Burgos del pasado 18 de septiembre de aplicar la llamada doctrina Parot a Pedro Luis Gallego, conocido como el violador del ascensor, lo que supone que deberá seguir en prisión hasta noviembre de 2022.

La sala de lo penal del Supremo ha adoptado esta decisión al rechazar por cuatro votos a uno el recurso que la defensa de Gallego interpuso contra la resolución de la Audiencia de Burgos. Si no se le hubiera aplicado la "doctrina Parot", Gallego -que cumple condena por las muertes de la joven vallisoletana Leticia Lebrato en 1992 y de la burgalesa Marta Obregón en 1996 y por dieciocho violaciones- habría salido en libertad el próximo día 18. Gallego lleva 16 años en prisión cumpliendo una condena de 273 años.

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Según esta 'doctrina' que debe su nombre al terrorista de ETA Henry Parot, al reo no se le aplican los beneficios penitencarios sobre el máximo de 30 años de cumplimiento de condena, sino sobre la pena completa. La Sala de lo Penal deliberó hoy este asunto a puerta cerrada y dio a conocer el fallo, aunque el contenido íntegro de la sentencia se hará público en los próximos días, según las mismas fuentes.

El alto tribunal ha acordado recientemente la aplicación de la doctrina Parot a otro agresor sexual reincidente, José Rodríguez Salvador, el violador del Vall d'Hebrón, quien ya se encontraba libre, por lo que fue detenido y reingresó en un centro penitenciaro.

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